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JUNTA DE AUDITORES
DE LAS NACIONES UNIDAS

Duración del mandato de los miembros de la Junta

En virtud de su resolución 55/248, de 12 de abril de 2001, la Asamblea General aprobó un cambio en el mandato de los miembros de la Junta de Auditores, según el cual, desde el 1º de julio de 2002, éstos son elegidos de forma no consecutiva por un período de seis años. Anteriormente, los miembros eran nombrados por un período de tres años renovable. Los nombramientos están organizados de tal forma que cada dos años termina el mandato de uno de los miembros. Por lo tanto, cada dos años la Asamblea General nombra a un nuevo miembro de la Junta.

Si un miembro de la Junta dejase de ocupar el cargo de auditor general (o un puesto de título equivalente) en su país, cesará en sus funciones como miembro de la Junta y será sucedido en éstas por la persona que lo sustituya como auditor general. En ningún otro caso podrá ser separado de su cargo un miembro de la Junta, salvo por decisión de la Asamblea General.

Los miembros de la Junta deben estar disponibles aproximadamente dos semanas al año para asistir a las reuniones de la Junta y del Grupo de Auditores Externos de las Naciones Unidas, los organismos especializados y el Organismo Internacional de Energía Atómica. Los miembros han de estar también disponibles para participar en las consultas que sea necesario celebrar a lo largo del año con la administración de las Naciones Unidas, la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto y otros órganos rectores

Además de un Director a tiempo completo radicado en Nueva York, cada miembro proporciona personal de auditoría de la oficina nacional de auditoría de su país para realizar comprobaciones de cuentas en oficinas de las Naciones Unidas de distintos lugares. A los efectos de proceder a un examen local o especial o de efectuar economías en la auditoría, la Junta de Auditores podrá contratar los servicios de cualquier auditor general nacional (o funcionario con título equivalente), de auditores comerciales públicos de reconocido prestigio o de cualquier otra persona o empresa que, a juicio de la Junta, reúna las condiciones técnicas necesarias.

Sección de Servicios de Internet, Departamento de Comunicación Global de las Naciones Unidas