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Todos los ni?os tienen derecho a ser protegidos del trabajo infantil. Ilustración: OIT.

Antecedentes

La Organización Internacional del Trabajo () lanzó el "Día mundial contra el trabajo infantil" en 2002 para concienciar acerca de la magnitud de este problema y aunar esfuerzos para erradicar el trabajo infantil. El 12 de junio de cada a?o tenemos la oportunidad de fomentar y coordinar las iniciativas de los gobiernos, las patronales y sindicatos, la sociedad civil, los medios de comunicación y muchos otros actores locales, como escuelas y ayuntamientos, en la lucha contra el trabajo infantil.

En 2015, los dirigentes mundiales adoptaron los (ODS), que incluían un renovado compromiso para acabar con el trabajo infantil. En particular, la , hace un llamamiento a la comunidad internacional para “adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas contemporáneas de esclavitud y la trata de seres humanos, y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de ni?os soldados, y, para 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas.

 

?Qué es el trabajo infantil?

No todas las tareas realizadas por los ni?os deben clasificarse como trabajo infantil que se ha de eliminar. Por lo general, la participación de los ni?os o los adolescentes en trabajos que no atentan contra su salud y su desarrollo personal ni interfieren con su escolarización se considera positiva. Entre otras actividades, cabe citar la ayuda que prestan a sus padres en el hogar, la colaboración en un negocio familiar o las tareas que realizan fuera del horario escolar o durante las vacaciones para ganar un dinero extra. Este tipo de actividades son provechosas para el desarrollo de los peque?os y el bienestar de la familia; les proporcionan calificaciones y experiencia, y les ayuda a prepararse para ser miembros productivos de la sociedad en la edad adulta.

El término “trabajo infantil” suele definirse como todo trabajo que priva a los ni?os de su ni?ez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.

Pone en riesgo a los menores y viola tanto el derecho internacional como las legislaciones nacionales. Priva a los ni?os de su educación o les exige asumir una doble carga: el trabajo y la escuela. El trabajo infantil, que debe ser eliminado, es un subconjunto de actividades laborales llevadas a cabo por menores de edad e incluye:

  • Las "incuestionablemente" peores formas de trabajo infantil, tales como la esclavitud, o prácticas similares, y el uso de ni?os en la prostitución u otras actividades ilegales.
  • El trabajo hecho por los ni?os menores de la edad legal para ese tipo de tareas, tal y como se establece en las legislaciones nacionales de acuerdo con los estándares internacionales.

Estándares laborales

Uno de los principales objetivos de la (OIT) en su fundación, en 1919, fue la abolición del trabajo infantil. Desde una perspectiva histórica, el principal instrumento de la OIT para alcanzar este objetivo ha sido la adopción y la supervisión de los estándares laborales en los que se aborda el concepto de edad mínima de admisión al empleo o al trabajo. Además, desde 1919, el principio de que las normas relativas a la edad mínima deberían ir asociadas a la escolarización ha formado parte de la tradición normativa de la OIT en esa área. En él Convenio núm. 138 se establece que la edad mínima de admisión al empleo no deberá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar.

La adopción por la OIT diez a?os después del consolidó el consenso que existía a escala mundial en torno a la eliminación del trabajo infantil. Este instrumento estableció los objetivos más concretos que tanto se necesitaban, sin abandonar el objetivo general expresado en el Convenio núm. 138 de la abolición efectiva del trabajo infantil. Además, el concepto de las peores formas contribuye a fijar prioridades y puede servir como punto de partida para abordar el problema principal del trabajo infantil. El concepto también ayuda a prestar atención a los efectos del trabajo en los ni?os y al tipo de trabajo que realizan.

El trabajo infantil, prohibido en el derecho internacional, queda comprendido en tres categorías:

  • Las formas incuestionablemente peores de trabajo infantil, que internacionalmente se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de ni?os para utilizarlos en conflictos armados, prostitución y pornografía, y otras actividades ilícitas.
  • Un trabajo realizado por un ni?o que no alcanza la edad mínima especificada para ese tipo de trabajo (según determine la legislación nacional, de acuerdo con normas internacionalmente aceptadas), y que, por consiguiente, impida probablemente la educación y el pleno desarrollo del ni?o.
  • Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico, mental o moral del ni?o, ya sea por su propia naturaleza o por las condiciones en que se realiza, y que se denomina ?trabajo peligroso".

 

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