Programa 21: Capítulo 34
34. TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA ECOLÓGICAMENTE RACIONAL,
COOPERACIÓN Y AUMENTO DE LA CAPACIDAD
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34.1. Las tecnologías ecológicamente racionales protegen al medio
ambiente, son menos contaminantes, utilizan todos los recursos en forma
más sostenible, reciclan una mayor porción de sus desechos y productos
y tratan los desechos residuales en forma más aceptable que las
tecnologías que han venido a sustituir.
34.2. En el contexto de la contaminación, las tecnologías ecológicamente
racionales son "tecnologías de procesos y productos" que no
generan desechos o generan pocos, a fin de prevenir la contaminación.
También comprenden tecnologías de "etapa final" para el
tratamiento de la contaminación, luego de que ésta se ha producido.
34.3. Las tecnologías ecológicamente racionales no son meramente
tecnologías aisladas, sino sistemas totales que incluyen conocimientos
técnicos, procedimientos, bienes y servicios y equipo, al igual que
procedimientos de organización y gestión. Esto implica que, al
analizar la transferencia de tecnologías, también habría que ocuparse
de los aspectos de las opciones tecnológicas relativos al desarrollo de
los recursos humanos y el aumento de la capacidad local, así como de
los aspectos que guardan relación con los intereses propios del hombre
y la mujer. Las tecnologías ecológicamente racionales deberían ser
compatibles con las prioridades socioeconómicas, culturales y
ambientales que se determinasen en el plano nacional.
34.4. Existe una necesidad de acceso a tecnologías ecológicamente
racionales y de su transferencia en condiciones favorables, en
particular a los países en desarrollo, mediante medidas de apoyo que
fomenten la cooperación tecnológica y que permitan la transferencia de
los conocimientos tecnológicos especializados necesarios, así como el
fomento de la capacidad económica, técnica y administrativa para el
empleo eficiente y el desarrollo ulterior de la tecnología que se
transfiera. La cooperación tecnológica supone esfuerzos en común de
las empresas y los gobiernos, tanto los proveedores de la tecnología
como sus receptores. Por consiguiente, dicha cooperación entraña un
proceso repetitivo en que deben participar el gobierno, el sector
privado y las instituciones de investigación y desarrollo para obtener
los mejores resultados posibles de la transferencia de tecnología. Para
que se mantenga con éxito una asociación a largo plazo en cooperación
tecnológica se necesitará forzosamente una capacitación sistemática
continuada y el aumento de la capacidad a todos los niveles durante un
lapso prolongado de tiempo.
34.5. Las actividades que se proponen en el presente capítulo están
destinadas a mejorar las condiciones y los procesos relativos a la
información, el acceso a las tecnologías y su transferencia (incluidos
la tecnología más moderna y los conocimientos especializados conexos),
en particular para los países en desarrollo, así como en lo que se
refiere al aumento de la capacidad y los mecanismos de cooperación y
asociaciones cooperativas en la esfera de la tecnología, a fin de
fomentar el desarrollo sostenible. Serán imprescindibles tecnologías
nuevas y eficaces para aumentar la capacidad, especialmente de los países
en desarrollo, de alcanzar el desarrollo sostenible, sustentar la economía
mundial, proteger el medio ambiente y mitigar la pobreza y el
sufrimiento humano. Implícita en estas actividades está la necesidad
de abordar el perfeccionamiento de la tecnología que se utiliza
actualmente y su reemplazo, cuando proceda, por una tecnología más
accesible y ecológicamente más racional.
Bases para la acción
34.6. El presente capítulo del Programa 21 es sin perjuicio de los
compromisos y arreglos concretos sobre transferencia de tecnología que
se adopten en los distintos instrumentos internacionales.
34.7. La asequibilidad de la información científica y tecnológica
y el acceso a la tecnología ecológicamente racional y su transferencia
son requisitos indispensables para el desarrollo sostenible. El
suministro de información apropiada sobre los aspectos ecológicos de
las tecnologías actuales consta de dos componentes relacionados entre sí:
el perfeccionamiento de la información sobre las tecnologías actuales
y sobre las más modernas, así como de la información sobre los
riesgos que entrañan para el medio ambiente, y el aumento del acceso a
las tecnologías ecológicamente racionales.
34.8. El objetivo primordial de un mejor acceso a la información
tecnológica es permitir que se hagan elecciones con conocimiento de
causa que faciliten el acceso a dichas tecnologías y su transferencia,
así como el fortalecimiento de la capacidad tecnológica endógena de
los países.
34.9. Una gran proporción de los conocimientos tecnológicos útiles
es de dominio público. Es necesario el acceso de los países en
desarrollo a las tecnologías que no estén protegidas por patentes o
sean de dominio público. Los países en desarrollo también deberían
tener acceso a los conocimientos técnicos y especializados necesarios
para utilizar dichas tecnologías en forma efectiva.
34.10. Es preciso examinar la función de los derechos de patente y
propiedad intelectual y sus efectos en el acceso a tecnologías ecológicamente
racionales y su transferencia, en particular para los países en
desarrollo, y seguir estudiando el concepto del acceso seguro de los países
en desarrollo a tecnologías ecológicamente racionales en su relación
con los derechos protegidos por patentes con miras a atender eficazmente
a las necesidades de los países en desarrollo en esta esfera.
34.11. La tecnología patentada se puede conseguir comercialmente y
las actividades empresariales internacionales constituyen un vehículo
importante para la transferencia de tecnología. Debería tratarse de
aprovechar este fondo común de conocimientos y combinarlo con las
innovaciones locales con objeto de conseguir tecnologías sustitutivas.
Al mismo tiempo que se siguen estudiando los conceptos y las modalidades
que aseguren el acceso a las tecnologías ecológicamente racionales, así
como a las tecnologías más modernas, en particular a los países en
desarrollo, debería fomentarse, facilitarse y financiarse, según
procediera, un mayor acceso a las tecnologías ecológicamente
racionales, otorgándose al mismo tiempo incentivos justos a los
innovadores que promoviesen la investigación y el desarrollo de nuevas
tecnologías ecológicamente racionales.
34.12. Los países receptores requieren tecnología y un mayor apoyo
para ayudarlos a desarrollar aún más su capacidad científica, tecnológica,
profesional y afín, teniendo en cuenta las tecnologías y la capacidad
existentes. Ese apoyo permitiría a los países, especialmente los países
en desarrollo, hacer elecciones tecnológicas más racionales. En tal
caso esos países podrían evaluar en mejor forma las tecnologías ecológicamente
racionales antes de su transferencia y aplicarlas y manejarlas en debida
forma, así como perfeccionar las tecnologías ya existentes y
adaptarlas a sus necesidades y prioridades de desarrollo particulares.
34.13. Es indispensable contar con una masa crítica de capacidad de
investigación y desarrollo para la difusión y utilización efectivas
de tecnologías ecológicamente racionales y su creación en el plano
nacional. Los programas de educación y formación deberían reflejar
las necesidades de actividades de investigación definidas orientadas
hacia los objetivos y deberían esforzarse por producir especialistas
familiarizados con la tecnología ecológicamente racional y dotados de
una perspectiva interdisciplinaria. El logro de esta masa crítica
supone mejorar la capacidad de artesanos, técnicos y administradores de
categoría intermedia, científicos, ingenieros y educadores, y fomentar
sus correspondientes sistemas de apoyo social o administrativo. La
transferencia de tecnologías ecológicamente racionales también supone
adaptarlas e incorporarlas en forma innovadora en la cultura local o
nacional.
Objetivos
34.14. Se proponen los siguientes objetivos:
a) Velar por el acceso, en particular de los países en desarrollo,
a la información científica y tecnológica, incluida la información
sobre las tecnologías más modernas;
b) Promover, facilitar y financiar, según proceda, el acceso a las
tecnologías ecológicamente racionales y su transferencia, así como
los conocimientos técnicos especializados correspondientes, en
particular a los países en desarrollo, en condiciones favorables,
inclusive en condiciones de favor y preferenciales según arreglos
mutuamente convenidos, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los
derechos de propiedad intelectual, así como las necesidades
especiales de los países en desarrollo en lo relativo a la ejecución
del Programa 21;
c) Facilitar el mantenimiento y la promoción de tecnologías autóctonas
ecológicamente racionales que puedan haber sido pasadas por alto o
desplazadas, en especial en los países en desarrollo, prestando
especial atención a las necesidades prioritarias de esos países y
teniendo en cuenta las funciones complementarias del hombre y la mujer;
d) Prestar apoyo al fomento de la capacidad endógena, en
particular en los países en desarrollo, de modo que éstos puedan
evaluar, adoptar, gestionar y aplicar tecnologías ecológicamente
racionales. Esto podría conseguirse, entre otras cosas, mediante:
i) El desarrollo de los recursos humanos;
ii) El fortalecimiento de la capacidad institucional de investigación
y desarrollo y de ejecución de programas;
iii) La realización de evaluaciones sectoriales integradas de las
necesidades tecnológicas, de conformidad con los planes, los objetivos
y las prioridades de los países, según se prevé en la ejecución del
Programa 21 en el plano nacional;
e) Fomentar asociaciones tecnológicas de larga duración entre los
propietarios de tecnologías ecológicamente racionales y los posibles
usuarios.
Actividades
A) Establecimiento de redes de información internacionales que
vinculen los sistemas nacionales, subregionales, regionales e
internacionales
34.15. Deberían desarrollarse y vincularse los sistemas de información
nacionales, subregionales, regionales e internacionales existentes
mediante centros de intercambio de información regionales que abarcaran
amplios sectores de la economía, tales como la agricultura, la
industria y la energía. La red podría incluir, entre otras, oficinas
de patentes nacionales, subregionales y regionales que cuenten con lo
necesario para redactar informes sobre la tecnología más moderna. Las
redes de centros de intercambio de información divulgarían información
sobre las tecnologías existentes, sus fuentes, los riesgos que entrañan
para el medio ambiente y las condiciones generales de su adquisición.
Funcionarían sobre la base de la demanda de información y se centrarían
en las necesidades de información de los usuarios finales. Tendrían en
cuenta las funciones positivas que podrían desempeñar las
organizaciones internacionales, regionales y subregionales, los círculos
empresariales, las asociaciones comerciales, las organizaciones no
gubernamentales, los gobiernos y las redes nacionales recién creadas o
fortalecidas y los aportes que aquellas entidades podrían hacer.
34.16. Los centros de intercambio de información internacionales y
regionales, de ser necesario, tomarían la iniciativa de ayudar a los
usuarios a determinar sus necesidades y difundir información que
satisficiera esas necesidades, utilizando los sistemas de transmisión
de noticias, información pública y comunicaciones existentes. En la
información que se divulgara se pondrían de relieve y se expondrían
en detalle casos concretos en que se hubieran desarrollado y aplicado
con éxito tecnologías ecológicamente racionales. Para ser eficaces,
los centros de intercambio de información no sólo deberían facilitar
información, sino también remitir a otros servicios, con inclusión de
fuentes donde conseguir asesoramiento, capacitación, tecnologías y
evaluación de tecnologías. De ese modo, los centros de intercambio de
información facilitarían el establecimiento de empresas mixtas y
asociaciones de diversos tipos.
34.17. Los órganos competentes de las Naciones Unidas deberían
levantar un inventario de los centros o sistemas de intercambio de
información internacionales o regionales existentes. La estructura
existente debería fortalecerse y perfeccionarse en los casos en que
fuera necesario. Se deberían elaborar nuevos sistemas de información,
de ser necesario, a fin de llenar las lagunas que se descubriesen en esa
red internacional.
B) Apoyo y fomento del acceso a la transferencia de tecnología
34.18. Los gobiernos y las organizaciones internacionales deberían
fomentar, y alentar al sector privado a hacer lo propio, modalidades
efectivas para el acceso a tecnologías ecológicamente racionales y su
transferencia, en particular a los países en desarrollo, mediante,
entre otras, las siguientes actividades:
a) Formulación de políticas y programas para la transferencia
eficaz de tecnologías ecológicamente racionales de propiedad pública
o de dominio público;
b) Creación de condiciones favorables para alentar al sector
privado y al sector público a que innoven, comercialicen y utilicen
tecnologías ecológicamente racionales;
c) Examen por los gobiernos y, cuando proceda, por las
organizaciones competentes de las políticas existentes, incluidos
subsidios y políticas fiscales, y las reglamentaciones para
determinar si fomentan u obstaculizan el acceso a tecnologías ecológicamente
racionales, su transferencia y su introducción;
d) Examinar, en un marco que integre en su totalidad el medio
ambiente y el desarrollo, los obstáculos a la transferencia de
tecnologías ecológicamente racionales de propiedad privada y adoptar
medidas generales apropiadas para reducir los obstáculos, creando al
mismo tiempo incentivos concretos, fiscales o de otra índole, para la
transferencia de dichas tecnologías;
e) En el caso de las tecnologías de propiedad privada, se podrían
tomar las siguientes medidas, especialmente en beneficio de los países
en desarrollo:
i) Creación y perfeccionamiento por los países desarrollados, así
como por otros países que pudieran estar en condición de hacerlo, de
incentivos apropiados, fiscales o de otra índole, para estimular la
transferencia de tecnologías ecológicamente racionales por las
empresas, en particular a los países en desarrollo, como elemento
integrante del desarrollo sostenible;
ii) Facilitación del acceso a las tecnologías ecológicamente
racionales protegidas por patentes y su transferencia, en particular a
los países en desarrollo;
iii) Compra de patentes y licencias en condiciones comerciales para
su transferencia a los países en desarrollo en condiciones no
comerciales como parte de la cooperación para el desarrollo sostenible,
teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de propiedad
intelectual;
iv) En cumplimiento de las convenciones internacionales pertinentes a
que se hayan adherido los Estados, y con arreglo a las circunstancias
específicas reconocidas por ellas, tomar medidas para impedir el abuso
de los derechos de propiedad intelectual, incluidas las normas relativas
a su adquisición mediante un régimen vinculante de concepción de
licencias, con sujeción al pago de una indemnización equitativa y
suficiente;
v) Suministro de recursos financieros para adquirir tecnologías ecológicamente
racionales a fin de que los países en desarrollo en particular puedan
aplicar medidas para promover el desarrollo sostenible que, en caso
contrario, les impondrían una carga especial o desmesurada;
f) Elaborar mecanismos para el acceso, en particular, de los países
en desarrollo, a tecnologías ecológicamente racionales, y para su
transferencia a esos países, teniendo en cuenta al mismo tiempo la
evolución del proceso de negociación de un código internacional de
conducta para la transferencia de tecnología, como decidió la UNCTAD
en su octavo período de sesiones celebrado en Cartagena de Indias
(Colombia), en febrero de 1992.
C) Mejoramiento de la capacidad de desarrollo y gestión de tecnologías
ecológicamente racionales
34.19. Se deberían establecer o fortalecer marcos en los planos
subregional, regional e internacional para el desarrollo, la
transferencia y la aplicación de tecnologías ecológicamente
racionales y de los conocimientos técnicos especializados
correspondientes, con especial atención a las necesidades de los países
en desarrollo, incorporando dichas funciones en órganos ya existentes.
Dichos marcos facilitarían iniciativas de los países desarrollados y
los países en desarrollo para estimular la investigación, el
desarrollo y la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales,
en gran parte mediante mancomunación de esfuerzos dentro de los países
y entre ellos, así como entre la comunidad científica y tecnológica,
la industria y los gobiernos.
34.20. Se debería fomentar la capacidad nacional de evaluación,
desarrollo, gestión y aplicación de nuevas tecnologías. Esto obligará
a fortalecer las instituciones existentes, capacitar al personal en
todos los niveles y educar a los usuarios finales de la tecnología.
D) Establecimiento de una red de colaboración de centros de
investigación
34.21. Debería establecerse una red de colaboración de centros de
investigación nacionales, subregionales, regionales e internacionales
en la esfera de la tecnología ecológicamente racional para mejorar el
acceso a las tecnologías ecológicamente racionales y su desarrollo,
gestión y transferencia, incluidas la transferencia y la cooperación
entre países en desarrollo y entre países desarrollados y países en
desarrollo, principalmente sobre la base de los centros subregionales o
regionales de investigación, desarrollo y demostración ya existentes
que están vinculados a las instituciones nacionales, en estrecha
cooperación con el sector privado.
E) Apoyo a los programas de cooperación y asistencia
34.22. Se debería prestar apoyo a los programas de cooperación y
asistencia, incluidos los que ofrecen los organismos de las Naciones
Unidas, las organizaciones internacionales y otras organizaciones públicas
y privadas competentes, en particular a los países en desarrollo, en
las esferas de la investigación y el desarrollo y la creación de
capacidad tecnológica y de recursos humanos en las esferas de la
capacitación, el mantenimiento, la evaluación de las necesidades
tecnológicas nacionales, las evaluaciones del impacto ambiental y la
planificación del desarrollo sostenible.
34.23. También se debería prestar apoyo a los programas nacionales,
subregionales, regionales, multilaterales y bilaterales de investigación
científica, difusión de información y desarrollo de la tecnología
entre los países en desarrollo, incluso mediante la participación de
empresas e instituciones de investigación públicas y privadas, así
como la financiación de programas de cooperación técnica entre países
en desarrollo en esta esfera. Ello debería llevar aparejada la creación
de vínculos entre esos elementos para asegurar una máxima eficacia en
lo referente al conocimiento, la divulgación y la aplicación de
tecnologías para el desarrollo sostenible.
34.24. La formulación de programas mundiales, subregionales y
regionales debería incluir la determinación y evaluación de las
prioridades regionales, subregionales y nacionales basadas en las
necesidades. Los planes y estudios para fundamentar estos programas
deberían servir de base para una posible financiación por parte de los
bancos multilaterales de desarrollo, las organizaciones bilaterales, las
entidades del sector privado y las organizaciones no gubernamentales.
34.25. Se deberían patrocinar visitas de expertos idóneos de países
en desarrollo en la esfera de las tecnologías ecológicamente
racionales que actualmente estén trabajando en instituciones de países
desarrollados, y facilitar el regreso voluntario de dichos expertos a
sus países.
F) Evaluación tecnológica en apoyo a la gestión de tecnologías
ecológicamente racionales
34.26. La comunidad internacional, en particular los organismos de
las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y otras
organizaciones competentes, así como organizaciones privadas, deberían
cooperar en el intercambio de experiencias y en el fomento de la
capacidad para la evaluación de necesidades tecnológicas, sobre todo
en los países en desarrollo, a fin de que éstos puedan hacer
elecciones basadas en tecnologías ecológicamente racionales. Para tal
fin deberían:
a) Crear una capacidad de evaluación tecnológica para la gestión
de tecnologías ecológicamente racionales, incluida la evaluación de
los efectos sobre el medio ambiente y los riesgos que entrañan para
éste, teniendo debidamente en cuenta las salvaguardias adecuadas en
materia de transferencia de tecnologías sujetas a prohibiciones por
razones ecológicas o sanitarias;
b) Fortalecer la red internacional de centros regionales,
subregionales o nacionales de evaluación de la tecnología ecológicamente
racional, junto con centros de intercambio de información, con objeto
de aprovechar las fuentes de evaluación tecnológica antes
mencionadas en beneficio de todas las naciones. Estos centros, en
principio, podrían brindar asesoramiento e impartir capacitación en
situaciones nacionales definidas y fomentar la creación de capacidad
nacional en materia de evaluación de la tecnología ecológicamente
racional. Debería estudiarse, según procediera, la posibilidad de
encomendar esa actividad a las organizaciones regionales ya existentes
antes de crear instituciones totalmente nuevas, y también debería
estudiarse, según procediera, la financiación de esta actividad
mediante asociaciones entre el sector público y el privado.
G) Mecanismos y asociaciones de colaboración
34.27. Se deberían promover acuerdos de colaboración a largo plazo
entre empresas de países desarrollados y de países en desarrollo con
objeto de desarrollar tecnologías ecológicamente racionales. Las
empresas transnacionales, como depositarias de conocimientos técnicos
poco difundidos necesarios para la protección y el mejoramiento del
medio ambiente, tienen una función y un interés especiales en la
promoción de la cooperación en materia de transferencia de tecnología,
ya que constituyen importantes cauces para dicha transferencia, y para
crear una reserva de recursos humanos capacitados y fortalecer la
infraestructura necesaria.
34.28. Se deberían promover empresas mixtas de proveedores y
beneficiarios de tecnologías, teniendo en cuenta las prioridades de política
y los objetivos de los países en desarrollo. Junto con la inversión
extranjera directa, esas empresas mixtas podrían constituir importantes
cauces para la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales.
Mediante dichas empresas mixtas e inversiones directas, sería posible
transferir y mantener prácticas racionales de ordenación del medio
ambiente.
Medios de ejecución
Financiación y evaluación de los costos
34.29. La secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo
total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de
este capítulo ascenderá a una cifra de 450 a 600 millones de dólares,
que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en
condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas
únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos
reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias,
dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos
que los gobiernos decidan ejecutar.
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