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Vista de la sala de conferencias el 24 de enero de 1961 en las Naciones Unidas en Nueva York.
Vista de la sala de conferencias el 24 de enero de 1961 en las Naciones Unidas en Nueva York. Foto ONU/MB

Conferencia de las Naciones Unidas para la adopción de una convención única
sobre Estupefacientes 24 de enero a 25 de marzo de 1961, Nueva York

Antecedentes

La lucha contra las drogas

El 28 de julio de 1958, el Consejo Económico y Social de la ONU decidió convocar una conferencia de plenipotenciarios para que aprobara una convención única sobre estupefacientes a fin de reemplazar con un solo instrumento los tratados multilaterales existentes en la materia, reducir el número de órganos internacionales creados por tratado que se ocupan exclusivamente en dicha fiscalización y tomar medidas para fiscalizar la producción de las materias primas de los estupefacientes. La Conferencia de las Naciones Unidas para la Adopción de una Convención ?nica sobre Estupefacientes se celebró en la Sede de las Naciones Unidas del 24 de enero al 25 de marzo de 1961 y adoptó la . El objetivo de la Convención era combatir el consumo de drogas mediante una intervención internacional coordinada. Su intención era limitar la posesión, el consumo, el comercio, la distribución, la importación, la exportación, la fabricación y la producción de drogas únicamente con fines médicos y científicos. También luchó contra el narcotráfico a través de la cooperación internacional destinada a disuadir a los narcotraficantes. Fue enmendado por el de modificación de la Convención ?nica de 1961 sobre Estupefacientes.

La Convención ?nica de 1961 sobre Estupefacientes dio origen a la (JIFE), que es responsable de supervisar la aplicación de los tratados de fiscalización internacional de estupefacientes por los Estados Partes. La Junta, en cooperación con los gobiernos y con sujeción a las disposiciones de la Convención, tratará de limitar el cultivo, la producción, la fabricación y el uso de estupefacientes a la cantidad adecuada necesaria para fines médicos y científicos, de asegurar su disponibilidad para tales fines y de impedir el cultivo, la producción, la fabricación, el tráfico y el uso ilícitos de estupefacientes.

 

Documentos